Las personas jubiladas que viven en el exterior podrán cobrar en divisas


Los argentinos y las argentinas residentes en el exterior podrán percibir las jubilaciones, pensiones o renta vitalicia en una cuenta bancaria de su titularidad en el país de residencia, en una medida dispuesta por el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

De esta manera, se generaliza el sistema que regía para las personas beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a las que lo perciben de otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales.

Las transferencias en divisas serán por hasta el monto percibido por tales conceptos en los últimos 30 días corridos y en la medida que se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.

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