Vecinos de Chajarí pueden tramitar el subsidio a la luz y el gas en el punto digital y en atención al vecino


Los trámites pueden realizarse a partir de este viernes 15 de julio. El formulario se podrá completar de manera presencial en dichas dependencias.

A partir de dicha jornada estará disponible el formulario en la página web de la Secretaría de Energía para anotarse online en el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE). Para los que no quieran hacerlo en forma virtual, el trámite se podrá realizar en el Centro de Atención al Vecino, 9 de Julio casi Salvarredy, de lunes a viernes de 7 a 13hs; y en el Punto Digital, en el CIC de Moreno y Cepeda, de 7 a 13hs y de 14 a 19hs. También se podrá realizar en oficinas de la Anses y en las de los prestadores de servicios.

Se trata de una iniciativa para ordenar los subsidios a la electricidad y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar, que se implementa a través de un registro destinado a identificar a los hogares que necesiten el subsidio. Al trámite lo pueden efectuar todas y todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares. Personas mayores de 18 años con DNI argentino sean titulares del servicio o no. Propietarios, inquilinos o residentes del domicilio del o los servicios.

Para hacer el trámite se debe presentar DNI del solicitante, Nº de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años. Cuánto gana de bolsillo cada integrante del hogar mayor de 18 años. Una dirección de correo electrónico. Boleta de luz y/o gas.

Existen 3 casos en los cuales no hay que llenar el formulario de inscripción: Si algún integrante del hogar está inscripto en el Registro de electrodependientes no hay que completar la solicitud de subsidio a la luz, pero sí debe hacerlo para el gas. Si en el domicilio funciona una entidad de bien público no corresponde hacer el trámite. Se debe solicitar la tarifa diferencial para entidades. Si en el domicilio funciona un comedor o merendero.

El nuevo esquema de subsidios regirá a partir de junio de 2022 y tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos: Segmento de ingresos altos (que perderá gradualmente los subsidios a la luz y el gas). Segmento de ingresos medios y Segmento de menores ingresos (que mantendrán algún porcentaje de subsidio a la luz y el gas). Las reglas asociadas a cada segmento están programadas en el formulario según lo declarado por cada ciudadano/ciudadana y la asignación es automática luego de completarlo.

El formulario a completar tiene carácter de Declaración jurada. En el mismo formulario se solicita el subsidio tanto para la luz como para el gas. Hay que declarar a todo el grupo que convive en el hogar. La asignación de segmento es automática y de carácter provisorio. El Estado Nacional podrá analizar los datos y, en caso de que haya inconsistencias, se podrá asignar una nueva categoría. Sólo se podrá declarar el medidor de luz y/o gas de un sólo domicilio por DNI.

Los datos que se deberán completar incluyen: el Documento Nacional de Identidad, el número de trámite del DNI, nombre, apellido, CUIL, género, fecha de nacimiento, datos socioeconómicos, situación laboral, datos de contacto, domicilio declarado por el usuario, código postal, relación con el domicilio, datos del servicio de luz, datos del servicio de gas y datos del grupo conviviente. En el caso de las personas que no tienen la factura a su nombre, podrán realizar la solicitud como usuarios de los servicios indicando que no es la persona titular. Por lo tanto, también las familias que alquilen o residan en una propiedad que no les pertenece van a recibir el subsidio como usuaria de los servicios.

El Decreto Nº332/2022, que dispuso la segmentación, se publicó el 16 de junio pasado en el Boletín Oficial y, con esa medida, el presidente Alberto Fernández oficializó el régimen de segmentación de subsidios a usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red.

Esta nueva propuesta de segmentación tiene como objetivo asignar los subsidios a la energía según la capacidad económica de los hogares, manteniendo los subsidios en aquellos con ingresos bajos y medios que requieren de la asistencia estatal para pagar sus boletas de electricidad y gas. Establecer este nuevo sistema de distribución de subsidios es avanzar hacia un acceso más justo a los servicios energéticos.

 

Segmentos de ingresos. Características

 

En cuanto a los niveles de usuarios, en el caso del segmento de ingresos altos, son hogares que declaran reunir ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el Indec), o tener tres o más vehículos con una antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena. Estos hogares de ingresos altos tendrán una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Para ser considerados sectores de ingresos medios, se debe cumplir alguna de las condiciones referidas a ingresos mensuales totales entre $99.677 y $ 348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según Indec), con excepción para hogares con un conviviente con Certificado Único de Discapacidad. También se contempla si el titular posee hasta dos inmuebles, un vehículo con menos de tres años de antigüedad, con la misma excepción para conviviente con certificado de discapacidad.

Finalmente, para el segmento de menores ingresos se considerarán los hogares con ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2), que no poseen un vehículo con menos de tres años de antigüedad, hasta un inmueble, con excepción para aquellos con conviviente con certificado de discapacidad.

También serán incluidos aquellos con un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP), o que posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, o aquellos domicilios en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (Renacom).

Toda la información está disponible en: https://www.argentina.gob.ar/subsidios.

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