Vecinos de Chajarí pueden tramitar el subsidio a la luz y el gas en el punto digital y en atención al vecino
Los trámites pueden realizarse a partir de este viernes 15 de julio. El formulario se podrá completar de manera presencial en dichas dependencias.
A partir de dicha jornada estará disponible el formulario en
la página web de la Secretaría de Energía para anotarse online en el Registro
de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE). Para los que no quieran hacerlo en
forma virtual, el trámite se podrá realizar en el Centro de Atención al Vecino,
9 de Julio casi Salvarredy, de lunes a viernes de 7 a 13hs; y en el Punto
Digital, en el CIC de Moreno y Cepeda, de 7 a 13hs y de 14 a 19hs. También se
podrá realizar en oficinas de la Anses y en las de los prestadores de
servicios.
Se trata de una iniciativa para ordenar los subsidios a la
electricidad y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar, que se
implementa a través de un registro destinado a identificar a los hogares que
necesiten el subsidio. Al trámite lo pueden efectuar todas y todos los
argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares.
Personas mayores de 18 años con DNI argentino sean titulares del servicio o no.
Propietarios, inquilinos o residentes del domicilio del o los servicios.
Para hacer el trámite se debe presentar DNI del solicitante,
Nº de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años. Cuánto gana de
bolsillo cada integrante del hogar mayor de 18 años. Una dirección de correo
electrónico. Boleta de luz y/o gas.
Existen 3 casos en los cuales no hay que llenar el
formulario de inscripción: Si algún integrante del hogar está inscripto en el
Registro de electrodependientes no hay que completar la solicitud de subsidio a
la luz, pero sí debe hacerlo para el gas. Si en el domicilio funciona una
entidad de bien público no corresponde hacer el trámite. Se debe solicitar la
tarifa diferencial para entidades. Si en el domicilio funciona un comedor o
merendero.
El nuevo esquema de subsidios regirá a partir de junio de
2022 y tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para
el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los
subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se
establecieron tres grupos: Segmento de ingresos altos (que perderá gradualmente
los subsidios a la luz y el gas). Segmento de ingresos medios y Segmento de
menores ingresos (que mantendrán algún porcentaje de subsidio a la luz y el
gas). Las reglas asociadas a cada segmento están programadas en el formulario
según lo declarado por cada ciudadano/ciudadana y la asignación es automática
luego de completarlo.
El formulario a completar tiene carácter de Declaración
jurada. En el mismo formulario se solicita el subsidio tanto para la luz como
para el gas. Hay que declarar a todo el grupo que convive en el hogar. La
asignación de segmento es automática y de carácter provisorio. El Estado
Nacional podrá analizar los datos y, en caso de que haya inconsistencias, se
podrá asignar una nueva categoría. Sólo se podrá declarar el medidor de luz y/o
gas de un sólo domicilio por DNI.
Los datos que se deberán completar incluyen: el Documento
Nacional de Identidad, el número de trámite del DNI, nombre, apellido, CUIL,
género, fecha de nacimiento, datos socioeconómicos, situación laboral, datos de
contacto, domicilio declarado por el usuario, código postal, relación con el
domicilio, datos del servicio de luz, datos del servicio de gas y datos del
grupo conviviente. En el caso de las personas que no tienen la factura a su
nombre, podrán realizar la solicitud como usuarios de los servicios indicando
que no es la persona titular. Por lo tanto, también las familias que alquilen o
residan en una propiedad que no les pertenece van a recibir el subsidio como
usuaria de los servicios.
El Decreto Nº332/2022, que dispuso la segmentación, se
publicó el 16 de junio pasado en el Boletín Oficial y, con esa medida, el
presidente Alberto Fernández oficializó el régimen de segmentación de subsidios
a usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas
natural por red.
Esta nueva propuesta de segmentación tiene como objetivo
asignar los subsidios a la energía según la capacidad económica de los hogares,
manteniendo los subsidios en aquellos con ingresos bajos y medios que requieren
de la asistencia estatal para pagar sus boletas de electricidad y gas.
Establecer este nuevo sistema de distribución de subsidios es avanzar hacia un
acceso más justo a los servicios energéticos.
Segmentos de ingresos. Características
En cuanto a los niveles de usuarios, en el caso del segmento
de ingresos altos, son hogares que declaran reunir ingresos mensuales totales
del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un
hogar tipo 2 según el Indec), o tener tres o más vehículos con una antigüedad
menor a cinco años, tres o más inmuebles, una embarcación, una aeronave de lujo
o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Estos hogares de ingresos altos tendrán una reducción de los subsidios gradual
y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la
energía hacia fines de 2022.
Para ser considerados sectores de ingresos medios, se debe
cumplir alguna de las condiciones referidas a ingresos mensuales totales entre
$99.677 y $ 348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según
Indec), con excepción para hogares con un conviviente con Certificado Único de
Discapacidad. También se contempla si el titular posee hasta dos inmuebles, un
vehículo con menos de tres años de antigüedad, con la misma excepción para
conviviente con certificado de discapacidad.
Finalmente, para el segmento de menores ingresos se
considerarán los hogares con ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica
total para un hogar tipo 2), que no poseen un vehículo con menos de tres años
de antigüedad, hasta un inmueble, con excepción para aquellos con conviviente
con certificado de discapacidad.
También serán incluidos aquellos con un integrante con
Certificado de Vivienda expedido por el Registro Nacional de Barrios Populares
(ReNaBaP), o que posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico
Sur, o aquellos domicilios en donde funcione un comedero o merendero
comunitario registrado en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos
Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (Renacom).
Toda la información está disponible en: https://www.argentina.gob.ar/subsidios.
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