Chajarí firmó convenio para el traslado y disposición final de los neumáticos fuera de uso
La rúbrica se concretó este martes 9 de agosto, entre el Gobierno municipal y la firma Worms Argentina SA. El acuerdo será enviado al Concejo Deliberante para su ratificación.
Dicho convenio, en su Artículo 1° indica que el Municipio
entregará a la empresa, sin costo alguno, los neumáticos fuera de uso que se
encuentran en la Planta de Tratamiento de Residuos a la fecha y hasta agotar el
stock existente, debiendo la firma que los recibe expedir constancia/recibo del
total de neumáticos que retira. Worms Argentina SA, por su parte, se obliga a
retirar los neumáticos y trasladarlos hasta su lugar de destino, haciéndose
cargo de los costos que ello implique.
Asimismo, cabe mencionar que, tal como se indicar en el
Artículo 4°, el convenio rubricado tendrá vigencia hasta el 9 de diciembre de
2023 y/o hasta agotar stock existente en la Planta, pudiendo renovarse el mismo
por un periodo igual, siempre y cuando continúe habiendo neumáticos fuera de
uso.
Cabe recordar que el proyecto del Ejecutivo Municipal fue
aprobado por Ordenanza Nº 2697 en la sesión del miércoles 27 de julio de este
año, luego de ser tratado en Comisión de Asuntos Generales. La misma autoriza
al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios que sean necesarios
para retiro y traslado por parte del gestor de los neumáticos fuera de uso
(NFU) que el Municipio tiene acopiados y/o que se acopiaren en el futuro a su
destino final, extendiendo el gestor autorizado a tal efecto, el
correspondiente certificado de disposición final.
Asimismo, se establece que el retiro de los NFU que la
Municipalidad tiene acopiados en la Planta de Tratamientos será sin costo para
el Municipio, en virtud de la entrega al gestor de los NFU que se contratare al
efecto. La Autoridad de Aplicación, por su parte, será el Departamento
Ejecutivo Municipal, autorizándoselo a delegar las facultades que por este artículo
se le confieren en la secretaría o repartición con incumbencia en razón de la
materia.
Dentro de los considerandos del proyecto convertido en
Ordenanza, se hace hincapié en que "resulta necesario trabajar en la
prevención de daños ambientales provenientes del manejo de elementos que en su
producción utilizan productos susceptibles de contaminar. Entre ellos
encontramos los neumáticos fuera de uso, es decir, aquellos que han sido
utilizados por el parque automotor, motocicletas, maquinarias, aeronaves y
otros equipos de transporte que hayan sido retirados del uso y de la
circulación efectiva por no cumplir con las normas y/o estándares vigentes de
seguridad vial. Se excluyen neumáticos de dispositivos para personas con
discapacidad, dispositivos menores tales como bicicletas, triciclos y aquellos
que forman parte de juguetes, entretenimientos o de servicio de personas.
De la misma manera, se menciona que "contamos, en este
sentido, con variada legislación; la Ley Nº 25.675 de presupuestos mínimos de
Gestión Sustentable y Adecuada del Ambiente; la Resolución Nº 523/2013 de
Manejo Sustentable de Neumáticos, de la Secretaría de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno
Nacional. En cuanto a esto, hay que decir que los neumáticos que utilizan los
vehículos, tanto de uso particular, como transporte público y maquinarias, que
en su estructura contienen caucho, telas, metales, etc. y que una vez usados y
concluía su vida útil, (…) lo que constituye el denominado Neumático Fuera de
Uso (NFU), que han sido catalogados como residuos de generación universal y que
por sus condiciones ambientales, características de peligrosidad, riesgo o
potencial efecto nocivo para el medioambiente; requieran de una gestión
ambientalmente adecuada y diferenciada de otros recursos".
"La ausencia de una adecuada gestión de los neumáticos
fuera de uso se ha transformado en uno de los problemas medioambientales más
serios a nivel mundial, según las afirmaciones de organismos especializados en
el tema, cuando no son gestionados adecuada y sustentablemente representan un
relevante impacto de contaminación o daño ambiental y posible afectación a la
salud de la población", agrega.
En este sentido se indica "que es necesario abordar el
manejo de esos residuos, y una efectiva estrategia tendiente a la prevención lo
constituye evitar que los NFU permanezcan como desecho en el estado en que
quedan, hecho que es posible con la promoción de la industria de su reciclado,
que requiere de medidas políticas que alienten la erradicación de los mismos y
a su transformación, reutilización y reciclaje, y en su caso, reducir a la
máxima posibilidad los residuos destinados a Disposición Final; asimismo se
debe regular el espacios cuya ubicación sea del menor riesgo posible para esa
Disposición Final".
Manifestando por último "que se puede promover desde el
Municipio una política de fomento e incentivación del manejo de los NFU con
aplicación de mejores técnicas disponibles y de mejores prácticas ambientales,
tendiendo a desalentar y erradicar su disposición final en vertederos".
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