Causa Los Charruas: Absolvieron a Julio Larrocca
Segovia condenado a 3 años y 6 meses más inhabilitación y Doubña recibe 1 año de condicional
Alas 8:14 de este viernes se dio lectura al adelanto de
veredicto en la causa Los Charrúas. Desde Tribunales llegan los primeros datos
gracias a un cronista de El Entre Ríos.
En la sala de audiencias Nº1, el tribunal presidido por el
juez Mariano Caprarulo, secundado por Silvina Gallo y Eduardo Degano, dio a
conocer su veredicto en la causa caratulada “LARROCCA, JULIO CESAR; DOUBÑA,
ALEXANDRE EMMANUEL y SEGOVIA, RAMON JOSE S/ FALSEDAD IDEOLOGICA (Y PECULADO EN
CONCURSO IDEAL)”.
En concreto dijeron que arribaron a un fallo de forma
unánime. En el siguiente orden, comunicaron:
• Alexander Doubña fue absuelto de culpa y cargo por el
delito de peculado; mientras que recibió una condena de 1 año de prisión
condicional más la orden de realizar tareas comunitarias al ser encontrado
culpable del delito de falsedad ideológica.
• Ramón José Segovia, en tanto, fue encontrado culpable de
los dos delitos por los que estaba imputado: falsedad ideológica y peculado. En
consecuencia, recibió una pena de 3 años y6 meses de prisión efectiva y la
inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
• Julio César Larrocca, por último, fue absuelto de culpa y
cargo por ambos delitos. En este caso, en particular, el presidente del
Tribunal amplió la decisión al indicar que al actual presidente de la Liga
Concordiense de Fútbol se le aplicó el beneficio de la duda: “indubio pro reo”,
sostuvo.
La lectura de los fundamentos tendrá lugar el martes 20 de
septiembre, desde las 8. Hasta entonces habrá que esperar para conocer los
motivos que los magistrados sopesaron para arribar a las conclusiones dadas a
conocer este viernes.
Cabe recordar que el fiscal José Arias había pedido, para el
doctor Julio César Larrocca, 6 años de prisión efectiva, 6 años de suspensión
de su matrícula de abogado e inhabilitación perpetua para ejercer cargos
públicos.En tanto, para el empresario José Ramón Segovia había requerido 5 años
de prisión efectiva y también inhabilitación perpetua para el ejercicio de
cargos públicos. Por último, para el empleado municipal, contratado en aquel
momenot, Alexander Emmanuel Doubña requirió 1 año de prisión condicional y la
imposición de realizar tareas comunitarias.
A propósito del joven Doubña, debe recordarse que el
representante del Ministerio Público Fiscal había entendido que no tuvo
participación el delito de peculado por lo que había retirado cualquier
petición de que se le impusiera una condena, tal como hoy lo resolvió el
Tribunal.
Fuente: El Entre Ríos.
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