Menor que había ingresado ilegalmente a Concordia, fue restituido a Brasil
La jueza de Familia nº 3 de Concordia, Noelí Gabriela Ballhorst, dispuso la restitución de un menor de 8 años de edad a su ciudad natal en Brasil. Había sido ingresado ilegalmente por su madre a la ciudad de Concordia, donde tiene familiares. El pedido, tramitado vía Cancillería, fue realizado por su padre.
Según lo informado a 7Paginas, el caso del ingreso ilegal
del menor al país, fue notificado a la Defensoría Pública Nº 5 de Concordia,
por la Cancillería Argentina el 13 de julio pasado; a partir de la denuncia del
padre del niño. Había sido retenido por la madre quien tiene familiares en la
ciudad entrerriana.
A los cinco días de la denuncia, a pedido de la Defensoría,
se realizaron las investigaciones pertinentes y se dio con el paradero del
menor y de su madre.
Una vez localizados,
desde el juzgado de Familia se inició la tramitación de la restitución
internacional y se fijó la audiencia prevista en el art. 240 de la Ley de
Procedimientos de Familia (L.P.F), con el fin de garantizar un retorno seguro
del niño a Brasil.
Luego de varias audiencias que fueron presididas por la
jueza Noelí Gabriela Ballhorst; la abogada Lorena Pignataro, en representación
del padre del niño quien se comunicaba vía remota; el abogado Alfredo Russo,
representante de la madre y Diego Ponce por el Ministerio Pupilar, acordaron la
restitución del menor a su país de residencia. La medida se debía cumplir
cuando culminase el año escolar en Concordia.
Es así que el 8 de diciembre, el menor junto su madre
cruzaron por el puente Internacional Paso de los Libres-Uruguayana para el
reencuentro con el padre en São Pablo, para luego dirigirse a su residencia
habitual en Paraty, Río de Janeiro.
Si bien el art. 245 de la L.P.F. expresa que el proceso de
restitución internacional de menores de 16 años, reviste el carácter urgente y
autónomo y no puede exceder de 6 semanas, en este caso las partes,
autocompusieron el conflicto y acordaron en resguardo del derecho a la
educación de su hijo, regresarlo a su residencia habitual luego de finalizado
el año escolar del niño.
Desde el Juzgado de Familia, se destacó que en todo momento
se contó con la colaboración de la autoridad central que acompañó el retorno
seguro de L.M.C. y de su progenitora a la República Federativa del Brasil, con
la cooperación de funcionarios del Puente Internacional “Agustín P. Justo –
Getúlio Vargas” lo que facilitó el ingreso al país vecino del niño y de su
madre.
No hay comentarios.