El intendente condenado por abuso sexual abrirá una pollería mientras cumple prisión domiciliaria
El pasado 13 de marzo Ángel Fabián Constantino -Intendente del PJ de Gilbert- fue condendo por un tribunal de Gualeguaychú a 14 años y seis meses de prisión efectiva por abusar sexualmente de tres mujeres. Fue el juez Arturo Dumon – presidente del Tribunal que también integraron los camaristas Alicia Vivian y Mauricio Derudi- quien resolvió que Constantino cumpliera prisión domiciliaria -con tobillera electrónica- hasta tanto quedara firme la sentencia que aún no ha sido revisada por Casación.
Poco después, el Concejo Deliberante resolvió la continuidad
de su licencia al frente del Ejecutivo de Gilbert, aunque sin goce de sueldo.
Pero en los últimos días, Constantino reapareció en sus redes sociales para
difundir “la reapertura” de un emprendimiento comercial que funcionará en su
domicilio.
Se trata de una pollería -ubicada en Preb. Altamirano y
Ñandubay- que abrirá sus puertas bajo la denominación “Granja de Oro”. En las
imágenes difundidas por el propio Constantino, se lo observa sonriente detrás
de una heladera exhibidora, anunciando un nuevo comienzo a dos meses de su
condena.
Fuentes judiciales confirmaron que “no habría impedimento
alguno para que Constantino lleve adelante dicho emprendimiento, ya que no está
privado del ejercicio del comercio mientras cumpla con la medida de prisión
domiciliaria que se le ha impuesto hasta tanto se revise la condena”.
La causa
“Durante el período de tiempo comprendido entre el mes de
febrero del año 2021 y el 4 de junio de 2021, se le atribuye al imputado Fabián
Constantino haber efectuado hechos de abuso sexual en perjuicio de la
denunciante María Luján Aguirre, todos los cuales se dieron en el interior del
Municipio de Gilbert, en donde el imputado es el intendente y la denunciante
era empleada” produciéndose estos hechos “en un claro contexto de violencia de
género laboral y abuso coactivo de la relación de poder”, consta en la
resolución judicial que condena a Constantino.
En otro tramo del escrito, los jueces identificaron el
segundo hecho imputado al intendente justicialista de la siguiente manera: “Sin
poder precisar la fecha con exactitud, sí que transcurrió durante el año
2020-2021, más específicamente durante el período de restricción de circulación
debido a la pandemia, Constantino trasladaba a la denunciante Verónica Roxana
Portillo, desde su domicilio ubicado en la localidad de Gilbert a su lugar de
trabajo ubicado en la localidad de Urdinarrain, en el vehículo particular del imputado
(un automóvil de color azul y luego una camioneta blanca)” momento en que
aprovechó y “ejerció conductas que han menoscabado la integridad sexual de la
denunciante en reiteradas oportunidades y en el interior de ambos automóviles”.
En ese momento, Portillo era pareja de un familiar de Constantino; en las diez
audiencias que conformaron el debate oral que comenzó el 13 de febrero pasado,
se desarrollaron ante el tribunal diversos elementos de contexto que
permitieron dar por acreditado el permanente acoso de Constantino, la asimetría
de poder y la vulnerabilidad de sus víctimas, según las declaraciones de los
testigos, como así también por los peritajes oficiales y de parte propuestos
por la fiscalía y la querella.
En cuanto al tercer hecho, el tribunal remarcó que en este
caso el abuso “ocurrió a fines de octubre del año 2018, cuando la denunciante,
Norma Graciela Santos, se dirigió al comercio que por ese entonces tenía el
imputado” a la vez que “se desempeñaba como director de Cultura dentro del Municipio
de Gilbert”. Allí abusó de ella, en la parte posterior de una pollería”. Hoy
Constantino vuelve al mismo rubro comercial, mientras cumple prisión
domiciliaria.
Fuente: Radio2820.com
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