Causa coimas: rechazaron un pedido de probation para el empresario Cardona Herreros
El juez de Garantías N°4, Julián Vergara, denegó este martes un pedido de suspensión de juicio a prueba para el empresario paraguayo, Diego Armando Cardona Herreros, en el marco de la causa conocida como “coimas” o “dádivas”.
El proceso tiene como principal coimputado al exgobernador
Sergio Urribarri y otros funcionarios públicos de sus gestiones en la
provincia, por presuntas maniobras en el otorgamiento de contratos del Estado
provincial que beneficiaron a la empresa Relevamientos Catastrales, que dirige
Cardona Herreros.
La hipótesis principal de Fiscalía apunta a que el
otorgamiento de contratos desde el Estado a la empresa de Cardona Herreros,
tuvo como contrapartida el retorno de dinero a funcionarios públicos y
privados. La Investigación Penal Preparatoria (IPP) que llevaron adelante los
fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro se elevó a juicio en mayo de 2022.
Recién el año pasado se fijó fecha para la audiencia de remisión a juicio, es
decir el proceso que está por iniciar en los próximos días. Es que la causa se
frenó largo tiempo debido a varios motivos: primero la pandemia, después se
sobreseyó en primera instancia a varios imputados (una decisión que fue
revertida en instancias judiciales posteriores).
La remisión a juicio comenzará en los próximos días, según
lo previsto entre las partes, el juez y la Oficina de Gestión de Audiencias
(OGA), pero desde este martes comenzaron a resolverse todos los planteos
preliminares. Y es justamente en esta instancia de discusiones preliminares que
la defensa del empresario pidió la suspensión de juicio a prueba para su
representado.
De la instancia participaron los fiscales, los defensores
particulares del empresario paraguayo (los abogados José Velázquez e Ignacio
Esteban Díaz), el propio Cardona Herreros a través de videoconferencia. Y como
oyentes asistieron los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, los
abogados Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y Juan Antonio Méndez. También se
presentó en la sala el coimputado en la causa, Guillermo Smaldone, exministro
de Trabajo e hijo del vocal jubilado del Superior Tribunal de Justicia (STJ),
Juan Ramón Smaldone. El exministro también interpuso un planteo preliminar que
será tratado este miércoles.
Pena “natural” y pedido de probation
El abogado Velázquez cuestionó la imputación fiscal a
Cardona Herreros. Dijo no compartir con la calificación de seis hechos en
“concurso real” sino que se lo investigado se trata de un delito “continuado”.
“Esto tiene sustento en fallos nacionales y locales”, acotó y agregó: “Es delito
continuado cuando hay múltiples actos jurídicos como uno solo”.
Si la imputación se evaluara como un hecho continuado
“tendríamos una pena condicional y eso habilitaría la suspensión de juicio a
prueba”, planteó. “En este caso, según los tipos penales el mínimo sería de un
año. El antecedente acá sería la suspensión de juicio a prueba de Jorge
Zanabone (NdR: Zanabone era empleado jerárquico de la empresa Relevamientos
Catastrales y fue imputado en la causa como partícipe secundario de las
maniobras investigadas. Junto a otros empleados como Miriam Fessia, Guillermo
Linares y Alfonso Campitelli, acordaron probation Fiscalía y están cumpliendo
el beneficio). Está en juego el principio de igualdad”, comparó Velázquez.
El defensor particular dijo que “el allanamiento de junio de
2018” le disparó al empresario paraguayo “un estrés que produjo fallas físicas
en los riñones y un ojo”. “Tuvo tratamiento y diálisis. Viajó a Estados Unidos,
al instituto de trasplante de Miami, después se dio de alta en el Incucai para
recibir un trasplante. Se trasplantó en Buenos Aires el 8 de mayo del 2022. En
junio del 2021, Cardona Herreros tuvo un glaucoma ocular, es decir un infarto
en el ojo. Le insertaron un implante para frenar la retracción del ojo. Ese
implante fue rechazado por su cuerpo y ahora está tramitando un nuevo implante.
En agosto de 2021 gestionó un certificado de discapacidad”, manifestó y
reclamó: “Eso es una pena natural. Está pagando con su salud el tránsito de
este proceso. Hay que evaluarlo desde el principio de humanidad. Tiene 54 años,
es una persona joven. Procede una condena condicional”.
Más adelante, manifestó la propuesta para la suspensión del
juicio a prueba que correría durante 3 años. En ese sentido, el empresario
ofreció una reparación de 2 millones y medio de pesos, que serían pagados en 36
cuotas más una multa de 540 mil pesos y una donación de 300 mil pesos en 36
cuotas a una institución que defina la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del
Poder Judicial, porque no está en condiciones de salud para realizar tareas de
beneficencia.
El abogado dijo también que su representado estaba dispuesto
a ser evaluado en su salud física y mental por un médico forense del Poder
Judicial, con el control de parte de un médico particular.
El propio Cardona Herreros fue consultado por el juez antes
del planteo defensivo. “Después del allanamiento en junio de 2018 y la
exposición mediática tuve una crisis de salud. Ni siquiera se cancelaron las
deudas de los contratos con el Estado provincial”, acotó.
“Nos oponemos al pedido”
La fiscal Patricia Yedro consideró que las salidas
alternativas a los procesos judiciales fueron pensadas por el legislador para
delitos leves y menores, “para que los ministerios fiscales se ocupen de los
casos de mayor gravedad, como el que nos ocupa”.
“Nos oponemos a este pedido, independientemente que Cardona
Herreros no reviste calidad de funcionario público sino empresario particular.
Es cierto que hubo coimputados que accedieron a la probation como Miriam
Fessia, Jorge Zanabone, Alfonso Campitelli y Guillermo Linares. Pero ellos
fueron imputados como partícipes secundarios y no primarios como Cardona
Herreros. En la investigación las maniobras imputadas son complejas, no sólo
por la cantidad de hechos y personas involucradas, participan funcionarios
públicos y privados a partir del uso de estructura de Estado provincial para
beneficio personal. Y La pena prevista en este caso es de prisión efectiva, no
en suspenso”, remarcó.
Añadió después que “los montos dinerarios corresponden a
licitaciones millonarias, prórrogas, adendas. Las sumas ingresaron al
patrimonio de Cardona Herreros y al bolsillo de funcionarios públicos y
privados como dádivas. Además, el rol de Cardona Herreros era el contacto
directo con los funcionarios públicos y ministros y tenía un vínculo estrecho
con el exgobernador. También se tiene en cuenta que las actividades se
realizaron con fin de lucro. Nosotros mantenemos la calificación y no estamos
en condiciones de sostener que sea posible una pena en suspenso. Existen
razones de política criminal que impiden esto. Además Cardona Herreros está
imputado en la causa de enriquecimiento ilícito y se le solicitó pena de
prisión efectiva, junto a Urribarri”.
“Estos hechos merecen ser sometidos a debate público”
El juez Vergara evaluó el encuadre legal de la suspensión de
juicio a prueba y consideró que no es aplicable en la imputación de Cardona
Herreros, que no prevé una pena de prisión condicional. Además, otro requisito
para la aplicación de la probation es el acuerdo que debe prestar Fiscalía y
subrayó que su imputación no es comparable a la de otros coimputados que sí
obtuvieron el beneficio.
“Estos hechos de corrupción tienen graves consecuencias
sociales. Si la sociedad descree y desconfía de sus autoridades, se socava el
sistema democrático. Si la sociedad no cree en sus autoridades y desconfía, no
hay sistema de gobierno democrático y republicano que soporte. En este país
hemos vivido épocas en las cuales la sociedad descreyó del sistema democrático
y tuvimos una triste historia y triste experiencia. Los hechos de corrupción
socavan la credibilidad en el sistema, de las instituciones y la forma de
gobierno republicana y democrática. Por eso estos hechos merecen ser sometidos
a discusión y debate público”, opinó.
Análisis
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