Causa coimas: rechazaron un pedido de probation para el empresario Cardona Herreros


El juez de Garantías N°4, Julián Vergara, denegó este martes un pedido de suspensión de juicio a prueba para el empresario paraguayo, Diego Armando Cardona Herreros, en el marco de la causa conocida como “coimas” o “dádivas”.

El proceso tiene como principal coimputado al exgobernador Sergio Urribarri y otros funcionarios públicos de sus gestiones en la provincia, por presuntas maniobras en el otorgamiento de contratos del Estado provincial que beneficiaron a la empresa Relevamientos Catastrales, que dirige Cardona Herreros.

La hipótesis principal de Fiscalía apunta a que el otorgamiento de contratos desde el Estado a la empresa de Cardona Herreros, tuvo como contrapartida el retorno de dinero a funcionarios públicos y privados. La Investigación Penal Preparatoria (IPP) que llevaron adelante los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro se elevó a juicio en mayo de 2022. Recién el año pasado se fijó fecha para la audiencia de remisión a juicio, es decir el proceso que está por iniciar en los próximos días. Es que la causa se frenó largo tiempo debido a varios motivos: primero la pandemia, después se sobreseyó en primera instancia a varios imputados (una decisión que fue revertida en instancias judiciales posteriores).

La remisión a juicio comenzará en los próximos días, según lo previsto entre las partes, el juez y la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), pero desde este martes comenzaron a resolverse todos los planteos preliminares. Y es justamente en esta instancia de discusiones preliminares que la defensa del empresario pidió la suspensión de juicio a prueba para su representado.

De la instancia participaron los fiscales, los defensores particulares del empresario paraguayo (los abogados José Velázquez e Ignacio Esteban Díaz), el propio Cardona Herreros a través de videoconferencia. Y como oyentes asistieron los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, los abogados Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y Juan Antonio Méndez. También se presentó en la sala el coimputado en la causa, Guillermo Smaldone, exministro de Trabajo e hijo del vocal jubilado del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Juan Ramón Smaldone. El exministro también interpuso un planteo preliminar que será tratado este miércoles.

Pena “natural” y pedido de probation   

El abogado Velázquez cuestionó la imputación fiscal a Cardona Herreros. Dijo no compartir con la calificación de seis hechos en “concurso real” sino que se lo investigado se trata de un delito “continuado”. “Esto tiene sustento en fallos nacionales y locales”, acotó y agregó: “Es delito continuado cuando hay múltiples actos jurídicos como uno solo”.

Si la imputación se evaluara como un hecho continuado “tendríamos una pena condicional y eso habilitaría la suspensión de juicio a prueba”, planteó. “En este caso, según los tipos penales el mínimo sería de un año. El antecedente acá sería la suspensión de juicio a prueba de Jorge Zanabone (NdR: Zanabone era empleado jerárquico de la empresa Relevamientos Catastrales y fue imputado en la causa como partícipe secundario de las maniobras investigadas. Junto a otros empleados como Miriam Fessia, Guillermo Linares y Alfonso Campitelli, acordaron probation Fiscalía y están cumpliendo el beneficio). Está en juego el principio de igualdad”, comparó Velázquez.

El defensor particular dijo que “el allanamiento de junio de 2018” le disparó al empresario paraguayo “un estrés que produjo fallas físicas en los riñones y un ojo”. “Tuvo tratamiento y diálisis. Viajó a Estados Unidos, al instituto de trasplante de Miami, después se dio de alta en el Incucai para recibir un trasplante. Se trasplantó en Buenos Aires el 8 de mayo del 2022. En junio del 2021, Cardona Herreros tuvo un glaucoma ocular, es decir un infarto en el ojo. Le insertaron un implante para frenar la retracción del ojo. Ese implante fue rechazado por su cuerpo y ahora está tramitando un nuevo implante. En agosto de 2021 gestionó un certificado de discapacidad”, manifestó y reclamó: “Eso es una pena natural. Está pagando con su salud el tránsito de este proceso. Hay que evaluarlo desde el principio de humanidad. Tiene 54 años, es una persona joven. Procede una condena condicional”.

Más adelante, manifestó la propuesta para la suspensión del juicio a prueba que correría durante 3 años. En ese sentido, el empresario ofreció una reparación de 2 millones y medio de pesos, que serían pagados en 36 cuotas más una multa de 540 mil pesos y una donación de 300 mil pesos en 36 cuotas a una institución que defina la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial, porque no está en condiciones de salud para realizar tareas de beneficencia. 

El abogado dijo también que su representado estaba dispuesto a ser evaluado en su salud física y mental por un médico forense del Poder Judicial, con el control de parte de un médico particular.

El propio Cardona Herreros fue consultado por el juez antes del planteo defensivo. “Después del allanamiento en junio de 2018 y la exposición mediática tuve una crisis de salud. Ni siquiera se cancelaron las deudas de los contratos con el Estado provincial”, acotó.

“Nos oponemos al pedido”

La fiscal Patricia Yedro consideró que las salidas alternativas a los procesos judiciales fueron pensadas por el legislador para delitos leves y menores, “para que los ministerios fiscales se ocupen de los casos de mayor gravedad, como el que nos ocupa”.

“Nos oponemos a este pedido, independientemente que Cardona Herreros no reviste calidad de funcionario público sino empresario particular. Es cierto que hubo coimputados que accedieron a la probation como Miriam Fessia, Jorge Zanabone, Alfonso Campitelli y Guillermo Linares. Pero ellos fueron imputados como partícipes secundarios y no primarios como Cardona Herreros. En la investigación las maniobras imputadas son complejas, no sólo por la cantidad de hechos y personas involucradas, participan funcionarios públicos y privados a partir del uso de estructura de Estado provincial para beneficio personal. Y La pena prevista en este caso es de prisión efectiva, no en suspenso”, remarcó.

Añadió después que “los montos dinerarios corresponden a licitaciones millonarias, prórrogas, adendas. Las sumas ingresaron al patrimonio de Cardona Herreros y al bolsillo de funcionarios públicos y privados como dádivas. Además, el rol de Cardona Herreros era el contacto directo con los funcionarios públicos y ministros y tenía un vínculo estrecho con el exgobernador. También se tiene en cuenta que las actividades se realizaron con fin de lucro. Nosotros mantenemos la calificación y no estamos en condiciones de sostener que sea posible una pena en suspenso. Existen razones de política criminal que impiden esto. Además Cardona Herreros está imputado en la causa de enriquecimiento ilícito y se le solicitó pena de prisión efectiva, junto a Urribarri”.

“Estos hechos merecen ser sometidos a debate público”

El juez Vergara evaluó el encuadre legal de la suspensión de juicio a prueba y consideró que no es aplicable en la imputación de Cardona Herreros, que no prevé una pena de prisión condicional. Además, otro requisito para la aplicación de la probation es el acuerdo que debe prestar Fiscalía y subrayó que su imputación no es comparable a la de otros coimputados que sí obtuvieron el beneficio. 

“Estos hechos de corrupción tienen graves consecuencias sociales. Si la sociedad descree y desconfía de sus autoridades, se socava el sistema democrático. Si la sociedad no cree en sus autoridades y desconfía, no hay sistema de gobierno democrático y republicano que soporte. En este país hemos vivido épocas en las cuales la sociedad descreyó del sistema democrático y tuvimos una triste historia y triste experiencia. Los hechos de corrupción socavan la credibilidad en el sistema, de las instituciones y la forma de gobierno republicana y democrática. Por eso estos hechos merecen ser sometidos a discusión y debate público”, opinó.

Análisis 

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