ANSES brinda cobertura durante el embarazo con la asignación familiar por prenatal


El trámite para solicitarla es con turno previo y debe llevarse a cabo entre el tercer y sexto mes de gestación para cobrar las nueve cuotas.

Con el objetivo de acompañar la etapa del embarazo, ANSES paga la Asignación Familiar por Prenatal a los trabajadores en relación de dependencia, monotributistas (entre categorías A e I), titulares de la Prestación por Desempleo, a quienes se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Para el pago íntegro de esta prestación, el trámite debe ser realizado entre el tercer y sexto mes de gestación. Pasada esa fecha, solo se cobrarán los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.

La gestión es presencial en las oficinas de ANSES, previa solicitud de turno en www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, Turnos, Asignaciones Familiares, Trámites Asignaciones Familiares (SUAF), o bien, llamando al número 130 (gratuito desde líneas fijas). Puede acercarse el titular o un representante, cuyos datos deben visualizarse en el rubro 9 del Formulario PS. 2.55 DDJJ Novedades Unificadas-Sistema Único de Asignaciones Familiares.

Si el cobro lo solicita la pareja de la mujer embarazada, deberá acreditar la relación presentando el acta de matrimonio, unión civil o certificado de convivencia. Además, es importante tener en cuenta que los ingresos deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo vigentes del grupo familiar y de cada integrante en particular que pueden consultarse en la web de ANSES.



Documentación a presentar

• DNI de los padres.

• Original del Formulario PS.2.55.

• Certificado Médico donde conste nombre, apellido, tipo y DNI de la embarazada, fecha probable de parto y tiempo de gestación, o bien, el profesional puede cumplimentar los datos en el rubro 6 del Formulario PS 2.55. Su validez es de treinta días a partir de la fecha de emisión.

• Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con 120 días para presentarlo

No hay comentarios.

Con tecnología de Blogger.