Apertura comercial: qué le pidió el municipio de Chajarí al gobernador y cómo sería el protocolo de bioseguridad
El Gobierno de Chajarí remitió hoy al Gobernador, por
intermedio de la Ministra Rosario Romero, un pedido de excepción al aislamiento
para que pueda funcionar la actividad comercial en la ciudad. La solicitud fue
acompañada de un protocolo que deberá ser evaluado y aprobado por el Comité de
Emergencia Sanitaria.
La nota, dirigida al Gobernador Gustavo Bordet que lleva la
firma del Presidente Municipal de nuestra ciudad dice, entre otras cuestiones
que “nuestro municipio adhirió al Decreto Provincial N° 602/2020, por
intermedio del Decreto N°298/2020, ad-referéndum del Concejo Deliberante, y que
acompañamos su decisión de no habilitar, hasta tanto la Provincia así lo
establezca, las salidas de esparcimiento estipuladas por el Decreto Nacional de
Necesidad y Urgencia. No obstante, en el marco de las posibilidades que tanto
usted como los funcionarios de su gabinete vienen pronunciando en las
conferencias diarias, queremos solicitar se considere la posibilidad de
autorizar en la jurisdicción de Chajarí el funcionamiento del comercio
minorista de los diferentes rubros, como así también los emprendimientos
unipersonales y el cuentapropismo, bajo el cumplimiento de medidas de
bioseguridad que garanticen la protección para sus propietarios, trabajadores y
vecinos”.
De la misma manera, el Intendente Galimerti agrega, “la
solicitud se fundamenta en que, al menos por el momento, la ciudad posee una
situación epidemiológica controlada y no presenta casos confirmados de
COVID-19, y la medida que eventualmente se autorice quedaría sujeta a revisión
en caso que haya variaciones en el mapa sanitario local. En este sentido, como
usted lo señaló públicamente en varias ocasiones, comprendemos que más allá de
la función que le compete a los Estados en sus diferentes niveles, en esta
nueva etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio, hay un componente
central que es la autoresponsabilidad de cada uno de los entrerrianos en el
cuidado preventivo. Por esta razón, a los efectos de la petición que estamos
cursando elaboramos un protocolo que ponemos a consideración de los expertos
del Comité de Emergencia Sanitaria con la intención que el mismo sea evaluado y
perfeccionado como condición previa a la habilitación de las actividades antes mencionadas”.
Protocolo de bioseguridad para el desarrollo de actividades
comerciales en Chajarí
El mismo es aplicable a todas las actividades comerciales de
tipo minorista, emprendimientos atendidos por sus propios dueños o
cuentapropistas que posean habilitación comercial para funcionar en la ciudad
de Chajarí, sin distinción particular de rubros, a excepción de aquellos no
exceptuados para funcionar según lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto
Nacional de Necesidad y Urgencia N°408/2020, a saber: dictado de clases
presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; eventos públicos y
privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de
cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas; centros
comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos,
restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado
que implique la concurrencia de personas; transporte público de pasajeros
interurbano, interjurisdiccional e internacional; actividades turísticas;
apertura de parques, plazas o similares.
Se trata de un protocolo de alcance general, para el
conjunto de actividades, rubros y servicios que puede ser ampliado o modificado
en concordancia con las normas que en el futuro dicten las autoridades
sanitarias nacionales o provinciales. Dicho beneficio concedido para el
desarrollo de la actividad comercial, bajo la modalidad de excepción al
aislamiento social, preventivo y obligatorio, es temporal e individual, y
entrará en vigencia previa aprobación del Gobierno de Entre Ríos, por
intermedio del Comité de Emergencia Sanitaria. Se trata de una excepción
precaria y eventual que se podrá mantener siempre que la situación
epidemiológica local esté controlada, sin casos positivos confirmados de COVID-19.
La autorización podrá ser revocada en cualquier momento, por decisión de la
Provincia o por el Departamento Ejecutivo Municipal, o ante la verificación de
incumplimiento de las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades
transmisibles estipuladas en el artículo 50° de la Ordenanza N°13801.
Del mismo modo, en el protocolo se indica que el beneficio
de excepción para el funcionamiento comercial es individual e intransferible.
Si bien su alcance es general, e involucra al conjunto de comercios, servicios,
emprendimientos y cuentapropistas, los mismos deben expresar el conocimiento
del protocolo y su voluntad de adhesión y cumplimento mediante la realización
de una declaración jurada online, que se completará en www.chajari.gob.ar Esto
servirá, además, como instancia de cumplimiento del domicilio digital previsto
en el artículo 3° de la Ordenanza N°2168 HCD.
En lo que respecta a las medidas de bioseguridad a
considerar, algunas de las mencionadas en dicho protocolo son las siguientes:
el comercio debe disponer de personal que controle los accesos y evitar
aglomeraciones de personas, garantizando una distancia social mínima de 2
metros entre las personas; en la medida de lo posible, previo al ingreso al
local comercial, se debe comprobar que los clientes no tengan sintomatología
(no tos, no problemas respiratorios, no fiebre) y verificar que la temperatura
no sea mayor a 37ºC. En caso de presentar síntomas restringir el ingreso e
informar a las autoridades sanitarias y a los responsables del lugar. Se
recomienda contar con cartelería informativa y de prevención del COVID-19,
fuera del local comercial, donde se especifiquen las normas de bioseguridad
propias del establecimiento. Asimismo, el comercio debe garantizar la limpieza
y desinfección de la vereda, con agua y lavandina, al menos 3 (tres) veces por
día: a primera hora de la mañana, al mediodía y al atardecer.
También, se debe fomentar el pago con tarjeta de débito o
crédito, evitando el uso de efectivo; cuando sea necesario y posible utilizar
mamparas que aseguren la protección de vendedor/cliente. Se aconseja
instrumentar horarios especiales de atención exclusivos para mayores de 65
años, dando prioridad a los mismos en la atención. Y, entre otras cuestiones,
se recomienda el uso de tapabocas, mentón y nariz para la atención, por parte
de propietarios y el personal, y como condición del ingreso de clientes al
espacio comercial. Dicho protocolo, también, estipula medidas para los
trabajadores comerciales, sugerencias a tener en cuenta en la modalidad
derivery y en los vehículos y moto vehículos utilizados con fines comerciales.
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