Dos horas de salidas recreativas para los vecinos de Chajari
El beneficio de la excepción al Aislamiento Social,
Preventivo y Obligatorio se efectuará estableciendo un protocolo de
bioseguridad, en el marco de lo dispuesto por las recomendaciones del Comité de
Emergencia Sanitaria provincial para el esparcimiento responsable.
Dicho protocolo contempla que para hacer uso de la salida de
esparcimiento no se requerirá permiso de circulación, pero los vecinos deberán
salir con su Documento Nacional de Identidad. Se podrán hacer actividades de
caminata, trote y ciclismo.
Alcances y características de la medida
Las actividades de caminata, trote podrán realizarse, de 14
a 16 horas, los siguientes días. Martes, jueves y sábado: salida de jóvenes y
adultos, en forma individual. Miércoles, viernes y domingo: salida de niños y
niñas de hasta 12 años de edad, en compañía de una persona mayor conviviente.
La duración máxima de las mismas es de 1 hora.
A los efectos de evitar la movilidad de la población se
establecen circuitos de esparcimiento en distintos sectores de la ciudad. Quien
haga uso de esta excepción deberá optar por el más cercano a su domicilio. Los
circuitos establecidos son los siguientes: Av. 9 de Julio, desde Lombardía
hasta Av. 28 de Mayo. Av. Alem esquina Av. 9 de Julio hasta Autovía Nacional
N°14. Av. Dr. Casillas desde Av. 28 de Mayo hasta Arco de Acceso a la ciudad.
Playón polideportivo municipal y predio de la ex Estación del Ferrocarril. En
estos espacios no está permitido el uso de juegos infantiles y gimnasios.
Por su parte, los adultos/mayores de 60 años podrán efectuar
actividades de caminata y trote los días martes, jueves y sábado, de 9 a 11
horas, en los mismos circuitos y con la misma duración que la indicada
anteriormente. Podrán hacer uso de esta salida las personas que no presenten
enfermedades respiratorias o cardiovasculares y que no tengan afecciones tales
como diabetes, ya que son la población con mayores riesgos en caso de contagio.
Los adultos mayores que se encuentren en residencias geriátricas o
gerontológicas no podrán realizar estas salidas.
En todos los casos, el traslado hacia los lugares de
esparcimiento se deberá efectuar caminando.
En cuanto a las actividades de Ciclismo, las mismas podrán
efectuarse de 13 a 16 horas los días martes, jueves y sábado para jóvenes y
adultos, en forma individual en circuitos de ciclismo y caminos rurales del
ejido de la ciudad de Chajarí. La duración máxima de la actividad también
deberá ser de 1 hora.
Medidas de autoprotección
Para poder llevar a cabo estas medidas, el Municipio de
Chajarí adopta las recomendaciones para el esparcimiento responsable
especificadas
por el Comité de Emergencias Sanitarias en el Documento COES
ID: DCOES050, en especial las siguientes:
Realizar una adecuada limpieza de manos, antes y después de
la salida. Usar tapabocas en forma obligatoria. Los mismos también pueden
combinarse con anteojos. Mantener la distancia social lateral de 2 metros y de
anterior/posterior de 15 metros, respecto de otras personas que estén
realizando actividades similares.
Marco normativo
El artículo 8º del Decreto de Necesidad y Urgencia
N°408/2020 del Gobierno Nacional estipula que “Las personas que deben cumplir
el aislamiento social, preventivo y obligatorio podrán realizar una breve
salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico,
sin alejarse más de quinientos (500) metros de su residencia, con una duración
máxima de sesenta (60) minutos, en horario diurno y antes de las 20 horas. No
se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo
momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a dos (2) metros,
salvo en el caso de niños y niñas de hasta doce (12) años de edad, quienes
deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente (…)
Para esta salida se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo
casero”.
La provincia de Entre Ríos, por su parte, emitió
primeramente el Decreto MGJ N°603/2020 que estipula, en los artículos 3° y 4°
que “las Autoridades Municipales, Comunales y de las Juntas de Gobierno, podrán
solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la autorización para que en sus
respectivas jurisdicciones se autorice la habilitación a fin de posibilitar la
salida de esparcimiento contemplada en el Artículo 8º del DNU N° 408/20 PEN”.
Se estipula, además, que estas solicitudes se deben presentar "junto con
el protocolo de seguridad sanitaria y las medidas de control a aplicarse en su
jurisdicción”.
Así lo hizo el Municipio de Chajarí con fecha 8 de mayo de
2020. Posteriormente, el 11 de mayo, el Gobierno de Entre Ríos autorizó estas
salidas en todo el territorio provincial por intermedio del Decreto GOB
N°665/2020, previa adhesión de la autoridad municipal e incluyó, además,
recomendaciones del Comité de Emergencia Sanitaria (COES) para la
implementación de estos momentos de esparcimiento.
No hay comentarios.