Enriquecimiento de Allende: qué dice la pericia que el Tribunal de Cuentas se negó a hacer
José Ángel Allende y su grupo familiar se enriquecieron
ilícitamente entre 1999 y 2016.
ANÁLISIS muestra los detalles de la pericia contable que
determinó el crecimiento patrimonial injustificado de José Ángel Allende y su
grupo familiar. Qué dice el informe contable que permitió a la Justicia
provincial concluir que el dirigente político y gremial se enriqueció
ilícitamente entre 1999 y 2016.
Cabe señalar que el Tribunal de Cuentas, pese a que ya había
firmado un convenio con el Superior Tribunal de Justicia (STJ), se negó a
realizar la evaluación contable.
El informe evaluó la evolución patrimonial desde 1999 a
2016. Se buscó determinar la capacidad de ahorro que permita justificar esa
evolución patrimonial. La pericia desagregó de cada integrante familiar cuáles
eran los trabajos registrados, cuáles los aportes societarios a empresas privadas,
la compra de divisa extranjera y los consumos en tarjetas de crédito, entre
otros gastos.
El grupo familiar está compuesto por José Ángel Allende;
Adriana Satler; Diana María Cristina Traverso; Julio Alejandro Allende;
Victoria Allende; y Carolina Allende. En esta estructura, quien más
participación social tiene es el jefe de familia.
En el caso de Julio Allende, con ingresos de la Cámara de
Diputados y Senadores y participaciones societarias, pese a que no registra
aeronaves o maquinarias a su nombre, la AFIP le detectó tres embarcaciones:
Kupuka I; Kupuka III; y Pasión. Además, entre 2012 y 2013 tuvo a su nombre una
Ford Eco Sport modelo 2011.
En el caso de Adriana Satler, con ingresos de la Cámara de
Diputados y participaciones societarias, la AFIP detectó que “para el año 2013
la Sra, no genero tendría un déficit al comprar los ingresos obtenidos y la
salida de dinero, resulta una deficiencia en los ingresos por el importe de $
441.677,73 (Ingresos 974.213,89 –
Egresos ($1.415.891,61), cabe aclarar que tampoco surge ingresos exentos aportados o deudas registradas. Es decir que
el importe podría provenir de aportes realizados desde otra fuente de
financiamiento o bien por los que realizara en nombre de José Ángel Allende”, sostiene el informe
contable.
“El valor hallado en todos los periodos analizados es
negativo, esto significa que invirtió
más que lo previsto como ahorro disponible para inversión. Se identificó que,
en los años 2003, 2006, 2007, 2008, 2011,2012 y 2014 el consumo confrontado a
los ingresos por todo concepto, indica que la persona no podía afrontar nuevas
inversiones porque todos sus ingresos fueron
inferiores a los consumos aplicados, es decir que no tenía capacidad de
ahorro.
Los valores consignados en el periodo bajo análisis son a
valores históricos, representativos del momento en que sucedieron. Al
determinarse por el método financiero valores negativos que se repitieron en
todo el periodo, se concluye que el valor histórico que podría ser
conceptualizado como presunto enriquecimiento injustificado es de $
6.400.669,25 (es de seis millones cuatrocientos mil seiscientos sesenta y nueve
con 25/100 ctvs.).
Para establecer un valor histórico dolarizado se realizó la
siguiente operación, al valor hallado se lo dividió por la cotización de la
moneda estadounidense al cierre de cada
ejercicio fiscal, obteniendo así un valor histórico dolarizado del presunto enriquecimiento
injustificado de U$S 1.362.860,37 (Un millón trescientos sesenta y dos mil ochocientos sesenta con 37/100 ctvs. de
dólar)”, se deduce en un tramo del informe contable.
Deuda con UPCN
Otro de los desagregados es la deuda con UPCN. “De acuerdo
señala la intervención de Cr Borre de la información contable suministrada
Balance de UPCN al 31/12/2013, en la nota 2.3 Deudores Varios de $ 631.012,81,
de ese total José Allende adeuda $ 100.000. No aclara para los años 2011; 2012
y 2014, 2015 ni 2016. En el informe de fecha 24 de abril de 2017 por AFIP,
figura como deuda de con UPCN en el año
2012 $ 50.000; año 2013 $ 100.000; año 2014 $ 130.000 y año 2015 $ 130.000 y como Prestamos Varios sin
identificar el acreedor, para el año 2012 $ 160.000 y año 2013 $160.000.
Se aclara que la información suministrada es insuficiente
para considerarlo como cierto, es solo
enunciativo por cuanto no acompaña elementos que comprueben el endeudamiento. La comprobación debería ser
mediante el movimiento bancario (egreso de
quien presta e ingreso en la cuenta de quien lo solicita), contrato de
mutuo, autorización de UPCN, es decir demostrativo a partir de documentación
que cumpla con los requisitos de la información.
A pesar de ello y al solo efecto de mostrar su incidencia en
el valor hallado se expone para el año 2013 el posible crédito obtenido con
UPCN, visto lo enunciado por el Cr. BORRE”.
Balance negativo
Por último, se destaca: “El valor hallado en todos los
periodos es negativo, esto significa que invirtió más de lo permitido previsto
en el ahorro disponible para inversión. Al ser en todos los periodos valores
negativos se concluye que:
El valor histórico que podría ser conceptualizado como
presunto enriquecimiento injustificado es de $ 4.983.146,14 (es de cuatro
millones novecientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis con 14/100
ctvs).
El valor histórico dolarizado del presunto enriquecimiento
injustificado es de U$S 1.069.841,19 (Un millón sesenta y nueve mil ochocientos
cuarenta y uno con 19/100 ctvs. de
dólar).
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