Allende: definen el abreviado y su suerte en la Justicia
El exdiputado provincial justicialista José Ángel Allende (PJ) y líder de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), buscará resolver este jueves 29 sus compromisos con la Justicia y conseguir que el juez Elvio Osir Garzón, salde sus cuentas con la Justicia y refrende el acuerdo de juicio abreviado que diseñaron la Fiscalía y sus abogados defensores.
La audiencia será,
entonces, este jueves 29 a las 9: ya no habrá un tribunal colegiado de tres
magistrados, como en 2020, cuando se rechazó el abreviado, sino que será
unipersonal: el juez Elvio Osir Garzón.
El acuerdo entre Fiscalía
y defensa del exlegislador provincial plantea que Allende reconoce su
responsabilidad en la comisión de los delitos que se le imputaron, y con las
características que les fueron reprochados, y acepta la pena impuesta: dos años
y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, el pago de una multa de $3
millones, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
También, el decomiso de dos propiedades, una en calle Laprida al 100, que sería
destinada a la Unidad Fiscal de Violencia de Género; y el palacete de calle
Alberti, en la zona del Parque Urquiza, que iría para el Consejo de la
Magistratura.
El acuerdo es sobre
cuatro investigaciones penales: «Allende José Ángel, Satler Adriana Guadalupe,
Traverso Diana María Cristina, Allende Julio Alejandro, Allende Victoria,
Allende Carolina s/Enriquecimiento Ilícito y negociaciones incompatibles con el
ejercicio de la función pública», que se estaban tramitando en el Juzgado de
Transición N° 2.
Pero un primer intento de
acuerdo chocó, el 22 de octubre de 2020, con el rechazo por parte de un
tribunal colegiado. Los jueces José María Chemes, Carolina Castagno y Alejandro
Cánepa decidieron declarar inadmisible el acuerdo de juicio abreviado para Allende, acusado de los delitos de
enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública,
amenazas y coacciones.
El rechazo fue apelado
por la Fiscalía, y la Cámara de Casación Penal resolvió, el 30 de diciembre
pasado, declarar la nulidad de la audiencia de juicio abreviado en la que el
Ministerio Público Fiscal buscó cerrar las investigaciones penales que pesan
sobre las espaldas del expresidente de la Cámara de Diputados y actual
secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José
Ángel Allende, vía que fue rechazada por un tribunal.
El acuerdo prevé que
Allende reconoce su responsabilidad en la comisión de los delitos que se le
imputaron, y con las características que les fueron reprochados, y acepta la
pena impuesta: dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, el
pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta perpetua para
ejercer cargos públicos. También, el decomiso de dos propiedades, una en calle
Laprida al 100, que sería destinada a la Unidad Fiscal de Violencia de Género;
y el palacete de calle Alberti, en la zona del Parque Urquiza, que iría para el
Consejo de la Magistratura.
En el primer caso, la
imputación fiscal dice: «Durante su desempeño como funcionario público del
Estado provincial -Diputado Provincial-, desde el 10 de diciembre de 1999 hasta
diciembre de 2016, José Ángel Allende, incrementó desproporcionadamente su patrimonio,
utilizando para ello la intervención, como interpósitas personas, de Adriana
Guadalupe Satler, Diana María Cristina Traverso, Julio Alejandro Allende,
Victoria Allende y Carolina Allende y de la Persona Jurídica UPCN. Ello ocurrió
a partir de la adquisición de bienes Inmuebles, Embarcaciones, Automotores,
Inversiones en Plazo fijo y participación en sociedades, por montos que no se
justificaron en el ahorro disponible para inversión en un total de pesos cuatro
millones novecientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis pesos con
catorce centavos ($4.983.146,14), lo que dólarizado equivale a la suma de
dólares estadounidenses un millón sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y
uno con diecinueve centavos (U$S 1.069.841,19).»
Fiscales Laura Cattáneo,
Álvaro Piérola y Leandro Dato; tuvieron a su cargo la presentación del acuerdo
de juicio abreviado.
En el segundo, dice la
imputación: «Durante su mandato de diputado de la Provincia de Entre Ríos, José
Ángel Allende se interesó en forma directa, interviniendo en los respectivos
trámites administrativos, en el otorgamiento de subsidios no reintegrables por
parte del órgano legislativo que integró (la Cámara de Diputados), en favor de
la Fundación Esperanza, entidad que conformó como Presidente y Secretario desde
el 16 de noviembre del 2004 y que también fue dirigida por los coimputados
Adriana Satler (su pareja), en su carácter de Presidente y Victoria Allende (su
hija), en su carácter de tesorera desde el 20 de octubre del 2007. Así, obtuvo
que dicha fundación recibiera tales ayudas económicas por la suma total de
pesos un millón trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos diecisiete con
noventa y ocho ($1.358.617,98), desde el 21/01/2008 al 5/12/2011».
«Ambos hechos delictivos,
cuya intervención se le enrostra en carácter de autor (art. 45 CP) se
encuentran suficientemente acreditados, con el grado necesario para arribar a
una sentencia condenatoria, con los elementos de juicio que obran en el
expediente de referencia, la documental reservada y el informe técnico pericial
contable confeccionado por el Cdor. Héctor Enrique, integrante del Gabinete
Pericial Contable del Ministerio Público Fiscal al que las partes acordamos
otorgarle valor probatorio en el presente acuerdo y que resultan ser los los
siguientes», dice el acuerdo.
La tercera causa,
«Allende José Ángel s/Amenazas Coactivas» tiene la siguiente imputación: «El
día 30 de mayo de 2017 entre las 8 y 10 horas en el programa emitido por Radio
La Voz a cargo del Sr. Rubén Almará, el Sr. José Ángel Allende haciendo
referencia al periodista local Martín Adrián Carboni, manifestó en un primer
momento ´que se dejen de joder´ para luego afirmar durante la misma nota ´vos
viste que a Yabrán no lo matan, porque Yabrán no se suicida porque él lo mató a
Cabezas. Yabrán se suicida porque los alcahuetes de Yabrán, queriendo quedar
bien, lo apretaron a Cabezas y se les fue la mano y lo mataron. Acá no sea que
le pase al gobernador que algunos alcahuetes que tiene alrededor tomen ese tipo
de actitud y lo terminen perjudicando´, intimidando así públicamente a Carboni
para que cese con sus investigaciones periodísticas vinculadas a contrataciones
en Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos».
En su denuncia en la
Justicia, Carboni mencionó que Allende «lo había llamado con anterioridad al
hecho, unos 20 o 30 días antes, indicándole ´me estas pegando al pedo´,
solicitándole que deje de hacerlo y refiriéndole que ´si queres vení y te lo
explico´, expresiones que incomodaron al denunciante atento que fueron
posteriores a la denuncia y de forma directa. Pero más aún se vio afectada la
libertad de determinación del denunciante en vida personal y su labor
profesional cuando el imputado Allende vinculó de manera amenazante el trabajo
periodístico del Sr. Carboni con el caso ´Cabezas´ de gran trascendencia y
gravedad institucional atento que se trató nada menos que del ataque a un
periodista por el hecho profesional de tomar una foto en un ámbito público a
una persona al momento acusada de ser partícipe en la comisión de delitos de
corrupción».
La abogada Vázquez
Pinasco y la ministra Sonia Velázquez.
Y la cuarta causa que
forma parte del abreviado «Allende José Ángel s/Amenazas» se refiere a las
intimidaciones en un contexto de violencia de género de las cuales fuera
víctima la ministra de Salud, Sonia Velázquez.
Dice la imputación: “En
un contexto de acciones intimidatorias, denigrantes y coactivas dirigidas a
Sonia Mabel Velázquez desde el inicio de la gestión como Ministra de Salud de
la Provincia de Entre Ríos, en fecha 05/04/2018 aproximadamente a las 20:00
hs., mientras se desarrollaba una reunión en el despacho ministerial -oficina
65, primer piso de Casa de Gobierno-, estando presente junto a la delegada de
UPCN Karina Domínguez le manifestó: ´Lo de Diamante no da para más, quiero que
eches a la Directora´, ´Te ordeno que eches a la Directora´, mientras la
Ministra le respondía que no, que no tenía motivos, y que nadie se lo iba a
exigir, Allende le vuelve a decir ´te lo ordeno´ a raíz de ello, enfurecido le
comienza a decir cosas tales como ´vos sabés quién soy´, «no me atendés el
teléfono´, ´yo fui el Presidente de la Cámara de Diputados´, criticaba la
gestión en el Ministerio, reprochaba nombramientos, criticaba funcionarios de
la gestión, que no trabajaban, también al tratarse la situación de la
Coordinadora de Salud del Departamento Nogoyá, Allende manifestó en tono
intimidatorio ´si la llegas a tocar, te prendemos fuego en Nogoyá´, continuando
con las agresiones verbales, todo ello en presencia de Karina Domínguez . Como
la conversación había derivado en agresiones verbales y amenazas, Velázquez se
levantó y los invitó a retirarse del despacho, manifestándoles que en esos
términos no podían seguir conversando, y se retiraron del despacho, produciendo
la situación vivida temor e intranquilidad en Velázquez, sensación que fuera
transmitida minutos y horas posteriores a sus colaboradores directos. Que las
situaciones de hostigamiento y denigraciones en público y privado dirigidas a
Sonia Mabel Velázquez continuaron hasta el día 24/10/2018, en el que en un acto
público político le profirió delante de las ministras Rosario Romero y Laura
Stratta expresiones tales como ´no mires para otro lado´, ´che saludame´
insistiéndole, ´te estoy hablando´, y a continuación la inquirió manifestándole
´cuándo nos vamos a sentar a arreglar vos y yo´, en dos oportunidades, y al
responderle que no tenía nada que arreglar con él, Allende le expresó ´por qué
no te vas un poco a la mierda´, momento en el cual intercede la ministra
Rosario Romero y se aleja, hechos que determinaron a Sonia Mabel Velázquez a
realizar denuncia penal en fecha 26/10/2018».
El hecho quedó calificado
como amenazas en un contexto de violencia de género.
Decomisos
Respecto del delito de
enriquecimiento, dice el acuerdo, «el informe especializado producido por el
Gabinete Técnico Contable del Ministerio Público Fiscal, ha llegado a la
conclusión de un monto total de enriquecimiento que fuera antes explicitado, lo
que expresado en valor dólar y realizando un procedimiento de actualización
anual, que permita una razonable traslación temporal de los valores (atento a
nuestro contexto inflacionario), arriba a la suma de dólares estadounidenses un
millón sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno con diecinueve centavos
(U$S 1.069.841,19). Es por ello, que se ha acordado el decomiso de bienes
inmuebles cuyo valor de tasación en dólares es mayor a la totalidad del
producido por el delito que surge del monto del enriquecimiento no justificado.
Así, se ha acordado el decomiso de los siguientes inmuebles:
1.- Inmueble con
domicilio parcelario en calle Laprida no 152 de la ciudad de Paraná, Matrícula
N° 148.596, Plano Mensura N°111.159, Área Urbana, Dto. U.C.A., Sección 4ta.,
Manzana N° 70, Superficie parcelaria trescientos cuarenta y cuatro metros
cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados (…). Este inmueble, ha sido
tasado según informe de fs. 350/355, en el valor de U$S 378.289. Está afectado a
usufructo vitalicio, a favor de Belkys Margarita Longhi, inscripto al N° 2763
Folio 128 Libro 42 del 27/03/1991, por lo que se decomisa la nuda propiedad
hasta la extinción del usufructo vitalicio, una vez extinguido este el
destinatario del decomiso gozará del dominio pleno del inmueble. Según
Escritura N° 89 del registro del Escribano Arturo J.H. Domínguez, le
corresponde al imputado José Ángel Allende, y a sus hijos Julio Alejandro,
Victoria y Carolina Allende que lo recibieron por donación de su madre Diana
María Cristina Traverso. Atento el carácter de beneficiarios a título gratuito
de los Sres. Julio Alejandro, Victoria y Carolina Allende, el decomiso
procederá sobre este bien conforme a la previsión del art. 23 cuarto párrafo
del CP.
2.- Inmueble con
domicilio parcelario en calle Juan José Castelli No 10 ciudad de Paraná.
Superficie parcelaria ciento noventa y nueve metros cuadrados con diez
decímetros cuadrados (se adjunta ficha de dominio en fotocopia). Este inmueble,
ha sido tasado según informe de fs. fs. 356/361, en un valor total U$S 726.922.
El importe que representan los bienes decomisados asciende a la suma total de
U$S 1.105.211 lo que supera el monto total del enriquecimiento.
En cuanto al destino que
corresponde darle los bienes decomisados, «tratándose de la condena por un
hecho de corrupción, no sólo la pérdida del producido del delito a través del
decomiso tiene efectos disuasorios, sino que también consideramos necesario
asignar una finalidad concretamente relacionada con el fortalecimiento de las
instituciones republicanas». El acuerdo dice que «entendemos que es oportuno
asignar al inmueble a decomisar, localizado en calle Castelli N° 10, un destino
simbólicamente acorde con políticas de Estado tendentes al mejoramiento de la
calidad institucional de la Provincia. En este entendimiento, la Constitución
Provincial de 2008 ha jerarquizado al organismo encargado de la selección de
los Magistrados del Poder Judicial, cuyo aporte a la calidad institucional de
uno de los poderes del Estado es innegable. El Consejo de la Magistratura de la
Provincia de Entre Ríos, pese a ser un órgano constitucional carece de sede
propia, por lo que entendemos que el inmueble sito en calle Castelli, debe ser
puesta a disposición el Poder Ejecutivo, para su asignación como sede del
Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos».
Propiedad de calle
Laprida 152.
Respecto al inmueble de
Laprida 152 de Paraná, «solicitamos sea asignado al Poder Judicial de la
Provincia de Entre Ríos, con destino específico a la Unidad Fiscal de Género de
la ciudad de Paraná, no sólo por la naturaleza de uno de los delitos por los
que se arriba a sentencia condenatoria, sino en virtud de ser la problemática
de la violencia de género de interés preponderante para todos los poderes del
Estado. En particular, la necesidad por parte del Ministerio Público Fiscal de
contar con un espacio más adecuado e idóneo para la localización de estas
fiscalías, permitirá un abordaje de las víctimas y testigos acorde con las
particularidades de las situaciones por las que transitan. Así, se dará
cumplimiento, además, a una política de Estado que impone al Poder Judicial, y
con ello, al Ministerio Público Fiscal, de seguir enfocando su política de
actuación para la prevención y juzgamiento de los delitos realizados en un
contexto de violencia de género conforme a la legislación específica en la
materia».
Propiedad de calle
Castelli, en la zona del Parque Urquiza.
Condena
El acuerdo de juicio
abreviado, «teniendo en cuenta la gravedad de los ilícitos atribuidos», incluye
un pedido para que se imponga a Allende por los delitos de enriquecimiento
ilícito de funcionario público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de
la función pública, coacciones y amenazas en el marco de una situación de
violencia de género la pena de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento
condicional, el pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta
perpetua para ejercer cargos públicos.
Incluye, además, el
cumplimiento de reglas de conductas por dos años: a) fijar domicilio, y en caso
de modificar el mismo, la obligación de informarlo; b) la prohibición de
realizar cualquier tipo de actos violentos, molestos y/o perturbadores, a las
víctimas y su grupo familiar por sí o por interpósita persona; c) realizar
algún tipo de actividad relacionada con la violencia de género y la libertad de
expresión; d) prohibición de verse involucrado en cualquier comportamiento
violento.
El escrito fue firmado
por Allende, sus abogados Julio Federik, Leopoldo Lambruschini y Marcos
Rodríguez Allende; y los fiscales Laura Cattáneo, Álvaro Piérola y Leandro
Dato.
Analisis
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