Megajuicio: volvieron a reprogramar las audiencias; serán en marzo
La Cámara de Casación Penal volvió a modificar el calendario de audiencias en el proceso de apelación a las condenas aplicadas en el marco del megajuicio que sentó en el banquillo al exgobernador Sergio Daniel Urribarri, condenado en abril último a la pena de 8 años de prisión, acusado del delito de peculado.
A partir de una presentación efectuada por el defensor José
Raúl Velázquez, Casación aplazó para marzo la realización de las audiencias
previstas originalmente para febrero. Sucede que el megajuicio coincidía con la
realización de un juicio oral en la Justicia Federal en la que el abogado
representa a una de las partes que se sentará en el banquillo, y cuyo debate
había sido definido con antelación, en mayo de este año.
Las nuevas fechas de audiencias del megajuicio será
miércoles 15, jueves 16, viernes 17, miércoles 22 y jueves 23 de marzo de 2023,
a partir de las 9, «las que podrán extenderse al turno vespertino», según la
resolución que adoptó el tribunal.
La primera postergación de las audiencias para revisar las
condenas en el marco del megajuicio ocurrió en noviembre último. Entonces, la
Sala I de la Cámara de Casación Penal había aceptado reprogramar las fechas de
las audiencias a partir de una presentación efectuada por el defensor Miguel
Cullen, quien había solicitado licencia otorgada por el Colegio de la Abogacía
de Entre Ríos, desde el 14 de noviembre al 5 de diciembre.
En principio, Casación había convocado a audiencias para los
días 28, 29 y 30 de noviembre, y 1° y 2 de diciembre. Pero luego se resolvió
postergar el inicio del trámite de revisión de la condena que aplicó el 7 de
abriul último el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná que, entre otros,
condenó al exgobernador Sergio Urribarri, a 8 años de cárcel.
Así, se fijaron las audiencias para los días 12, 13, 14, 15
y 16 de diciembre, a partir de las 9. Pero tampoco pudo ser.
A finales de noviembre, Casación resolvió aplazar otra vez
las audiencias.
El nuevo calendario que se había elaborado estableció que
las audiencias serían los días 7, 8, 9, 14, 15 y 16 de febrero de 2023. La
medida se adoptó luego de las presentaciones que hicieran los defensores José
Raúl Velázquez, Ignacio E. Díaz y Miguel Angel Cullen; las licencias concedidas
por el Colegio de Abogados de Entre Ríos a José Raúl Velázquez, Raúl Enrique
Barrandeguy, Ignacio E. Díaz y Miguel Angel Cullen -«al primero de ellos por
motivos personales, y a los restantes por accidente o incapacidad», y según una
resolución que firmó la presidenta de la Cámara de Casación Penal, Marcela
Davite, «tratándose de la segunda suspensión de audiencia, a pedido de la
Defensa Técnica, considerando además las dificultades logísticas que conlleva
la realización de la misma, se insta a las partes a extremar los recaudos
pertinentes, con suficiente antelación, para poder concurrir a la audiencia».
Pero ahora se volvió a modificar ese esquema, y las
audiencias del megajuicio se fijaron para mediados de marzo de 2023, supo Entre
Ríos Ahora.
Casación debe revisar la condena que aplicó el 7 de abril
último el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José
María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón.
De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron
absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios
de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y
Gustavo Tórtul; Alejandro Almada y Maximiliano Sena.
Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su
calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones
incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12
años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para
ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel.
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación,
exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los
delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la
función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la
inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue
de 6 años y 6 meses de prisión.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del
Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado
ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos
hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria
de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue
condenado a 6 años y 6 meses de cárcel.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next
SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe
necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la
función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8
años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para
ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por
Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta
perpetua.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio
Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de
peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso
ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta
perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución
condicional.
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María
Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles
en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la
inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de
culpa y cargo.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser
“testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de
peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la
pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer
cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de
ejecución condicioanl.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de
los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal,
Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua
para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e
inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada
de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito
de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la
pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta
perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de
ejecución condicional.
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía
le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de
negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de
prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua
para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada
actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y
cargo.
A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según
Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de
peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años
y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta
perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo
una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa,
Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como
partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función
pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la
inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le
aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional.
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial,
como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones
incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la
pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta
perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo
participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya
fallecido Hugo Céspedes.
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