Piden que deriven al penal a Pedro Báez y prisiones preventivas para Urribarri y Aguilera
El Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos solicitó ayer la inmediata detención del exministro de Cultura, Pedro Báez,para que sea derivado a la Unidad Penal número 1 de Paraná y la prisión preventiva del exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera. De no suceder esto último, los fiscales pidieron que se prohíba que ambos puedan salir del país, además del pago de cauciones. Todo ello en el marco del Megajuicio por delitos de corrupción, en la que Báez, Urribarri y Aguilera están condenados a prisión efectiva.
Desde la acusación pública entienden que quedó firme la condena
contra Báez dado que su defensor, Ignacio Díaz, no recurrió la Queja
interpuesta ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), con lo
cual se entiende que el exministro quedó en una situación "delicada".
En tanto, los fiscales del megajuicio solicitaron una
caución real o prisión preventiva y que se prohiba salir del país al
exgobernador Urribarri y su cuñado Aguilera.
Megajuicio y condenas
Urribarri fue condenado a 8 años de prisión en el marco del
megajuicio por corrupción. Se lo consideró responsable de delitos de
negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, fraude a la
administración pública y peculado.
Se lo juzgó entre 2021 y 2022 junto a otros funcionarios y
particulares vinculados a contrataciones del Estado provincial durante sus
gestiones de gobierno. Entre los condenados de mayor jerarquía por el cargo y
rol que desempeñaron estuvo el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro
Báez, y el cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera.
Los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco
Ramírez Montrull, llevaron adelante la acusación en el debate oral que se
desarrolló durante varios meses. En el inicio del juicio también estuvo la
exprocuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche, que fue posteriormente apartada por
orden del Jurado de Enjuiciamiento. Lo que ocurrió es que, poco antes del
inicio del megajuicio, Goyeneche fue denunciada ante el Jurado de
Enjuiciamiento por su desempeño en otra causa por corrupción, los “contratos
truchos”. En algunos ámbitos judiciales
y políticos siempre se entendió esa denuncia y apartamiento como una especie de
“vendetta” por la conducción de las investigaciones.
Los representantes de la acusación pública ventilaron en el
megajuicio cinco causas acumuladas por corrupción durante las gestiones de
Urribarri: una contratación del Estado provincial a varios medios nacionales
para publicar un posicionamiento político contra los fondos buitres, con dinero
público; las contrataciones constantes de servicios publicitarios y de
cartelería a empresas armadas por Juan Pablo Aguilera; la instalación de un
parador playero en Mar del Plata con dinero público que tuvo como finalidad la
promoción de la candidatura a Presidente del exgobernador; la contratación de
espacios publicitarios en medios nacionales para la difusión de la imagen de
Urribarri, en el marco de su campaña presidencial; y la contratación de
carteles en rutas de Buenos Aires también para la difusión de la imagen del
exgobernador.
El Tribunal de Juicio y Apelaciones que controló la
legalidad de la investigación y el debate estuvo conformado por José María
Chemez (jubilado), Elvio Garzón y Carolina Castagno.
Mientras se desarrolló el debate, Urribarri se desempeñaba
como canciller del gobierno argentino en Chipre e Israel. El exgobernador debió
renunciar a su cargo diplomático tras la condena, el 7 de abril de 2022. Su
apartamiento de los cargos se dio en medio de una polémica, ya que se mostró
reacio a dejar las embajadas. Sin embargo, en ese momento el ministro de
Relaciones Exteriores de la Nación, Santiago Cafiero, le exigió la renuncia
inmediata por estar condenado en primera instancia por delitos de corrupción.
En la misma condena se sentenció al exministro de Cultura
Pedro Báez y al cuñado del exgobernador Juan Pablo Aguilera. Ambos recibieron
una pena de 6 años y medio de prisión más la inhabilitación perpetua para
ejercer cargos públicos, al igual que Urribarri.
La sentencia fue apelada por los defensores y dichos
recursos se discutieron en el marco de seis audiencias de Casación a cargo del
Tribunal compuesto por Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina
Bruzzo. Después de escuchar a los abogados defensores y al Ministerio Público
Fiscal, las integrantes de la Cámara confirmaron las condenas de primera
instancia.
El veredicto
De las 13 imputaciones en el megajuicio por corrupción,
cuatro personas resultaron absueltas: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; el
contador y empleado del Gobierno provincial, Gustavo Tórtul; el diseñador
gráfico Maximiliano Sena y Alejandro Almada. Además se absolvió a Hugo
Céspedes, que falleció después de iniciado el debate. Pese a la extinción de la
acción penal por su muerte, el tribunal consideró justo absolverlo de culpa y
cargo y decidió que el proceso no afecta su buen nombre y honor. Tal como
valoraron en las otras absoluciones, los jueces sostuvieron que no hallaron
elementos que sostengan las imputaciones pedidas por los fiscales.
El adelanto de sentencia, una lectura que llevó desde las
8.30 de un jueves hasta pasadas las 21, ordenó además expropiación de las
instalaciones de calle Racedo 415 de Paraná, donde funcionaba la imprenta y
toda la estructura logística de las empresas de Aguilera. El tribunal consideró
acreditada la titularidad de Aguilera sobre ese comercio que se montó en base a
un mecanismo de corrupción. El juez Chemez señaló que el galpón fue adquirido
con un crédito bancario subsidiado por el Estado y el negocio se desarrolló con
dineros públicos que se desvió en las dos gestiones de Urribarri como
gobernador.
Condenas de ejecución condicional
Además de las condenas mencionadas arriba, el tribunal
consideró la culpabilidad del diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi como
partícipe secundario por el delito de negociaciones incompatibles con el
ejercicio de la función pública. Lo condenó a 2 años de ejecución condicional.
A Germán Buffa lo declararon partícipe necesario de las
negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y se lo
condenó a 1 año y 2 meses de ejecución condicional, en la causa por la contratación
de medios nacionales para difundir un posicionamiento contra los fondos
buiters.
A Gerardo Caruso lo condenaron como partícipe necesario de
negociaciones incompatibles y peculado y lo condenaron a 3 años de ejecución
condicional más inhabilitación absoluta perpetua. Fue en el marco de una de las
causas por contratación de cartelería en rutas de Buenos Aires.
A Corina Cargnel, el tribunal la condenó como partícipe
necesaria de negociaciones incompatibles con ejercicio de función pública y
peculado por la causa imprentas y en la causa parador. Le dieron 3 años de
ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua. “Creemos que las
penas pedidas por Fiscalía han sido excesivas y no se consideraron atenuantes”,
dijo el presidente del Tribunal y puntualizó en la situación de Cargnel, a
quien Fiscalía consideró “mano derecha” de Juan Pablo Aguilera que, más allá de
todo, "cumplió siempre su rol de contadora interna de la empresa y es
madre".
A Gustavo Tamay lo encontraron responsable como partícipe necesario
de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y lo
condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más inhabilitación
absoluta perpetua. Fue en el marco de la causa que se denominó “imprentas” o
“causa de la vaca”.
Declararon a Luciana Almada partícipe necesaria de
negociaciones incompatibles y peculado y la condenaron a 2 años y medio de
ejecución condicional. La pareja de Aguilera desempeñó un rol destacado en las
empresas publicitarias de Aguilera.
El megajuicio por corrupción se transmitió por canal de
YouTube del Poder Judicial porque ocurrió durante la pandemia. (Foto: ANÁLISIS)
Medios alternativos
Corina Cargenl, Gustavo Tamay, Luciana Almada, Giacopuzzi,
Germán Buffa y Gerardo Caruso debieron fijar domicilio por dos años y
reportarse a la Oficina de Medios Alternativos (OMA) porque les asignaron
realizar tereas no remunerativas.
Quedó claro que el tribunal merituó de otro modo las penas a
los imputados. Cabe señalar que el Ministerio Público Fiscal había pedido
condenas mucho más elevadas. Los jueces, en cambio, absolvieron a 4 imputados y
6 de los 13 que llegaron a juicio recibieron condenas de ejecución condicional.
Los magistrados no resolvieron lo mismo en torno al
exgobernador Urribarri, el exministro Báez y Aguilera, en quienes colocó la
mayor responsabilidad de los hechos ventilados en el debate.
Analisis
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