Increíble: después del paro se dictó la conciliación obligatoria en el conflicto docente
La Jueza del Trabajo Nº 1 de Paraná, Dra. Gladys Pinto
resolvió la medida tras haber recibido las actuaciones provenientes
del Juzgado del Trabajo Nº 3, a cargo del Dr. José Reviriego, quien entendió que la magistrada
resulta competente para tramitar el proceso iniciado por el Consejo General de
Educación y el Gobierno de E. Ríos.
En la resolución, firmada a las 20:45 de hoy, según supo
7Paginas, la Dra. Pinto expresa no coincidir con lo manifestado por el Dr. Reviriego
ya que se desprende de la resolución emitida el 1 de noviembre pasado que
existió un desplazamiento de la competencia por conexidad.
En el fundamento la magistrada sostiene que “atento la cuestión objeto del presente
proceso y los derechos de educación y de huelga, a fin de no dilatar el proceso
con cuestiones procesales que vulneren el acceso a la justicia, corresponde
abocarse a entender en el tema”.
Realizadas esas
consideraciones previas, Pinto dispuso disponer la Conciliación Obligatoria prevista
en el art. 16 de la Ley Nº 9.624, por el término de veinte (20) días hábiles
contados a partir del día siguiente de la presente y ordenar a ambas partes se
abstengan de tomar cualquier tipo de medida relación al conflicto.
Asimismo fijó
audiencia conciliatoria de las partes intervinientes en el conflicto para el
día 07 de noviembre de 2018 a la hora 11:00
En su consecuencia,
se dio por promovida la Conciliación obligatoria del art. 16 Ley 9624 por el
Concejo General de Educación de la provincia de E. Ríos contra la Asociación
Gremial del Magisterio y la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica.
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