Maya defendió la presentación judicial de Urribarri para poder ser candidato
“La Corte marcó que en cuestiones electorales ante la duda hay que permitir la participación”, expresó el exsenador, Héctor Maya, en relación a la presentación judicial que realizó Sergio Urribarri para poder ser candidato a gobernador
El ex senador nacional Héctor Maya se refirió a la
presentación realizada ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) por el ex
gobernador Sergio Urribarri para poder ser candidato a gobernador. “La cláusula
transitoria de la Constitución reformada genera una duda y la Corte ya marcó
que, ante la duda, en derecho electoral hay que permitir la participación”,
explicó.
Urribarri formalizó la presentación este lunes en un extenso
escrito de 64 páginas en el que trabajaron constitucionalistas entrerrianos y
de otras provincias. Allí plantea, entre muchos otros argumentos, la
inconstitucionalidad de una cláusula transitoria que se incorporó en la reforma
de 2008. Esa disposición se refiere a su primer mandato, para el cual fue
votado, electo y asumió en 2007, en vigencia de la Constitución anterior.
“Las cláusulas transitorias siempre llevan una cuota
importante de confusión y de crisis de constitucionalidad, con antecedentes
sobrados en la Corte”, introdujo Maya en diálogo con el programa En el 2000
también (Radio Costa Paraná).
El ex legislador, que es abogado y fue candidato a distintos
cargos electivos, mencionó la denominada “causa Gallego” que promovió en 2008
la dirigente Irma Roy, respecto de la cual la Corte Suprema de Justicia sentó
jurisprudencia. “En este caso, como en otros, la Corte fijó el criterio de que,
en materia electoral, ante cualquier tipo de duda se tiene que estar a favor de
la participación”, recordó.
“Así como en el derecho laboral en caso de duda se falla a
favor del trabajador o en el derecho penal está el in dubio pro reo, la
jurisprudencia madre en materia electoral es que todo lo que genere dudas debe
definirse a favor de la participación. Esto es un precepto básico de la Corte.
Un principio santo”, remarcó Maya.
Más adelante, el ex legislador señaló que la Constitución de
Entre Ríos fue reformada en 2008, avanzado el primer mandato de Urribarri, que
había asumido el año anterior. “Los que votaron a Urribarri bajo ningún punto
de vista habilitaron que se aplicara una norma retroactiva respecto del voto de
ellos. Urribarri fue votado en un contexto jurídico determinado y la norma que
establece limitaciones cumple así un carácter retroactivo, lesionando los
derechos de los votantes”, indicó.
“Los derechos son irrenunciables y es evidente que cuando se
incluyó en la reforma de la Constitución esa norma transitoria se aplicó una
regla retroactiva. Esto es indubitado. Y esta situación genera una cuota de
confusión sobre si tiene o no derecho. Cuando Urribarri fue electo por primera
vez, la norma esa de restricción no existía y estamos ante un tema grave en
materia electoral, como son las normas retroactivas, que son extremadamente
delicadas especialmente cuando se trata de derechos electorales”, concluyó
Maya.
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